Se acerca, se siente, la nueva convocatoria del programa de profesores visitantes está al caer. A finales de octubre y principios de noviembre ya puedes empezar a entrar en la web del Ministerio de Educación y Formación Profesional para ver si publican la convocatoria de este año. Tendrás dos semanas para entregar todos los papeles (más un breve periodo de gracia para rectificar errores, tú asegúrate de mandar la petición antes de que se te acabe el tiempo aunque te falten cosas), así que no te duermas en los laureles.
La página suele fallar por la cantidad de tráfico que tiene esos días. En serio, no te duermas.
Escucha a mi ansiedad. Mi ansiedad es sabia.
Te he dicho muchas veces que soy fan de este programa, no en vano he participado dos veces. He escrito muchas entradas en la sección de Profesores Visitantes, y hasta las he recopilado en un libro/guía al que he añadido algunas de las preguntas más frecuentes. Nadie me puede acusar de no contar lo bueno del programa, con lo malo también. Siempre animo a la gente a que venza el miedo y se anime a participar.
Pero ojo. Te tienes que animar sabiéndolo todo. Hay muchas cosas a tener en cuenta antes de participar en el programa de profesores visitantes, y algunas son cruciales para tu futuro cuando vuelvas. Veo a mucha gente en grupos de Facebook y en redes haciendo preguntas que ya deberías tener resueltas en cuanto te planteas meterte en esta aventura, no te digo ya si llevas unos años en Estados Unidos.
Si no eres funcionario de carrera, por ejemplo, no cotizas en España. Hay gente que se está dando cuenta de este detalle (que queda clarísimo en las bases y en la página del Ministerio de Trabajo) tras años dentro del programa.
Una cosa es que te líes la manta a la cabeza y aceptes el riesgo, y otra muy distinta es que vengas a ciegas.
Así que aquí te va una lista, ni mucho menos exhaustiva ni cerrada, de cosas que tienes que tener en cuenta antes de embarcarte en el programa de Profesores Visitantes.
COSAS A TENER EN CUENTA EN EL PROGRAMA DE PROFESORES VISITANTES
La cotización
Te he puesto el enlace antes, pero te lo voy a volver a poner aquí. Las únicas personas que cotizan trabajando en EE.UU. con este programa son los y las funcionarias de carrera.
De carrera, mucho cuidado. Ni los interinos, ni quienes vienen de la concertada ni los de la privada.
El Gobierno y las Comunidades Autónomas cotizan por los y las funcionarias mientras están fuera, pagando a las arcas de la Seguridad Social el mismo dinero que aportarían si estuvieran trabajando aquí. La antigüedad también se paga, y los derechos pasivos de la SS salen de ese dinero (si no llega porque llevas poco tiempo trabajando, lo pones de tu bolsillo).
Para el resto, los años trabajados en Estados Unidos a través del programa no cuentan para la jubilación. No suman años en la vida laboral, no te ayudan a acercarte a la jubilación, nada de nada. EE.UU. no es parte de la Unión Europea y la gran mayoría de distritos no cotizan a la seguridad social americana, tienen un sistema de jubilación privado. Por tanto, si no aportas a las arcas, es lógico que esos años no te cuenten para la jubilación.
Sí puedes, como pone en el enlace, suscribir un acuerdo con la SS y pagar de tu bolsillo. Allá cada uno con lo que decide y dónde quiere invertir sus ahorros, pero de forma personal te digo: ojalá lo hubiera hecho cuando estuve en California.
Antigüedad y sexenios
De nuevo, esto solo se aplica al funcionariado de carrera. No, si eres interina no puedes pedir antigüedad. Necesitas tener tu propia plaza fija, con tu nombre, tu placa, tu todo para que esto tenga que ver contigo.
Cada comunidad es un mundo y no te puedo dar información de todas (de ninguna, de hecho), pero mira bien en qué condiciones tienes que justificar los cursos para los sexenios y asegúrate de que te pagan los trienios. Sé de gente que lo ha tenido que pelear hasta los tribunales. Los trienios te corresponden porque vas a EE.UU. en las mismas condiciones que tenías en tu plaza; los sexenios, por tanto, se entienden igual y deben pagártelos igual si tienes la formación hecha. Míralo bien, asegúrate de tenerlo por escrito y de pelearlo, si puedes, antes de irte para ahorrarte disgustos.
Puntuación en las listas
Ahora sí le hablo al funcionariado interino.
Vuelvo a decir lo de que cada comunidad es un mundo, y además cambia con los años. Cuando fui como interina, en Euskadi, me contaron los siete años como si hubiera trabajado en la pública. Creo que hubo un movimiento importante por parte de gente que había ido antes y al final terminaron aceptándolo así; gracias a eso subí como la espuma en las listas y tuve más facilidad para sacarme la plaza. Lo último que he oído (pero no sé seguro, porque no lo he buscado en fuentes oficiales) es que ahora puntúa como trabajar en un privado. De nuevo, míralo bien antes de irte.
Normalmente, este programa permite congelarse en las listas, y cuando vuelvas y enseñes el cese que te hace la Consejería en EE.UU. te das de alta de nuevo. Insisto: depende de cada comunidad. Míralo bien, búscalo en fuentes oficiales y por lo que más quieras, no te fíes de lo que te cuenta la gente: pídelo por escrito, si puedes del mismísimo Boletín Oficial de tu comunidad.
Plazo de permanencia en el programa
El J1, el visado con el que vienes cuando empiezas, es de tres años, prorrogable dos más. Durante esos cinco años estás aquí como parte del programa.
La mayoría de las veces, los funcionarios de carrera tienen las condiciones de las que te he hablado para los cinco años.
Pero.
Algunas comunidades limitan el número de años que puedes estar en EE.UU. a los tres primeros, sin prórroga. Si decides quedarte, pasas a excedencia voluntaria y dejas de cotizar. Si hay algo que debas tener en cuenta, es esto. No vaya a ser que estés toda feliz pensando que todo está bien y cuando vuelvas no tengas tu plaza.
Para todos los demás, el programa dura los cinco años que puede durar un J1. Hay distritos que facilitan que los profesores se queden, pero ahí ya pasarías a otro tipo de visado que requiere que tengas la misma titulación que un docente estadounidense. El proceso es tema para otro artículo, porque es largo y complejo (y debería escribirlo otra persona porque yo pasé por él hace la friolera de 25 años y seguro que hay muchas cosas que han cambiado).
Si eres funcionaria de carrera y decides quedarte, el proceso es el mismo a nivel legal. Tienes que pedir una excedencia en tu comunidad, pero en lo respectivo al visado, el párrafo anterior también se aplica.
Como ves, mudarse a otro país no es sencillo y hay un millar de cosas a tener en cuenta incluso cuando vas con un programa que está avalado, organizado y asegurado por los gobiernos que participan. Mi consejo siempre es el mismo: infórmate de primera mano, no te fíes de la experiencia de la gente ni de lo que te ha parecido entender en aquella reunión con 300 personas. Ve siempre a la fuente, e incluso en esa fuente asegúrate de verlo por escrito (esas llamadas a Delegación en las que nadie sabe de que estás hablando, ¡ay!).
No te fíes ni siquiera de mí, fíjate lo que te digo. Por mucho que tenga una guía y todo en la que te cuento cosas, incluidos los muchos motivos para no fiarte de nadie.
Buena suerte con la convocatoria, compi. Y gracias por estar ahí. Gracias por leer.





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